CURSO DE CALIFICACIÓN DE CARTERA CREDITICIA COMERCIAL CON NORMATIVIDAD DE LA CNBV PARA INSTITUCIONES DE CRÉDITO (Actualizado con adopción de IFRS 9) (Presencial y ONLINE en vivo)
•Conocerá los cambios normativos y regulatorios de obligatoria aplicación a partir de 01 de enero de 2022, relacionados con la Calificación de Cartera Crediticia Comercial.
•Identificará el concepto de incremento significativo de riesgo para clasificar la cartera como créditos en etapa 1, créditos en etapa 2 y créditos en etapa 3.
•Entenderá el concepto de cálculo de la Vida Completa para los créditos en etapa de riesgo 2, como base para la determinación de las reservas.
•Aprenerá y practicará las metodologías de cálculo de las reservas preventivas de este tipo de cartera de acuerdo con la etapa de riesgo.
•Podrá emitir juicios de valor, con fundamentación técnica actualizada, en función del cumplimiento normativo en vigor emitido por la CNBV, acerca de la aplicación de las modificaciones referidas.
DIRIGIDO A:Funcionarios de Entidades financieras, quienes por razón de su trabajo, necesitan conocer, evaluar, revisar y tomar decisiones aplicando la metodología modificada de Calificación de Cartera Crediticia Comercial de acuerdo con la normatividad que entró en vigencia el 01 de enero 2022.
•Instrumentos reconocidos en la NIF C-16 aplicables a las Instituciones de Crédito.
Concepto de deterioro (impairment), por incremento del riesgo
Estimación preventiva para riesgo crediticio. (EPRC)
Modelo de pérdida esperada.
b) CALIFICACIÓN DE CARTERA.
•Enfoques de calificación de cartera.
•Enfoque estándar, Capítulo V Bis de la CUB.
c) METODOLOGÍA GENERAL ESTÁNDAR PARA LA CARTERA CREDITICIA COMERCIAL.
•Grupos de acreditados.
•Reconocimiento Inicial por etapas de riesgo de crédito, dependiendo del incremento significativo de riesgo crediticio.
•Fórmulas de cálculo de reservas por etapas de riesgo de crédito.
Cartera en Etapa 1
Cartera en Etapa 2
Cartera en Etapa 3
•Computo del Puntaje Crediticio Total en acuerdo a los anexos 20, 21 y 22.
•Identificación de la Severidad de la Pérdida, con la nueva estratificación.
•Valoración del Exposición al Incumplimiento, EI.
d) REVISIÓN ANEXO 20.
•Clasificación de las Entidades Financieras.
•Computo del Puntaje Crediticio Cuantitativo.
•Computo Puntaje Crediticio Cualitativo, cuando aplique.
•Factorpara determinación del Puntaje Crediticio Total.
e) REVISIÓN ANEXO 21.
•Acreditados a quienes aplica.
•Clasificación sectorial conforme al catálogo proveniente del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) denominado “Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte” (SCIAN)
•Computo Puntaje Crediticio Cuantitativo por sector.
•Probabilidad de Incumplimiento para Acreditados de este anexo que residan en el extranjero.
f)REVISIÓN ANEXO 22.
•Acreditados a quienes aplica.
•Clasificación sectorial conforme al catálogo proveniente del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) denominado “Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte” (SCIAN)
•Computo Puntaje Crediticio Cuantitativo por sector.
•Computo Puntaje Crediticio Cualitativo, cuando aplique.
•Factor para determinación del Puntaje Crediticio Total.
•Probabilidad de Incumplimiento para Acreditados de este anexo que residan en el extranjero.
g) COBERTURA POR RIESGO DE CRÉDITO.
•Ajuste de reservas por reconocimiento de garantías reales.
•Modificaciones a las garantías personales, Seguros de Crédito y derivados de crédito admisibles.
•Modificaciones al ajuste por uso de Esquemas de Cobertura Paso y medida en función de las etapas de riesgo crediticio.
•Modificaciones ajuste por uso de Esquemas de Cobertura Primeras Pérdidas en el Porcentaje de Reservas Totales y del Importe de Reservas Totales dependiendo de la etapa de riesgo crediticio.
•Disminución de reservas por aplicación de la metodología de calificación de cartera para esquemas de coberturas Primeras Pérdidas y Paso y Medida
•Derogación de la Metodologías Internas anteriores.
h) CLASIFICACIÓN DE LAS RESERVAS PREVENTIVAS ACORDE AL GRADO DE RIESGO DEL ARTÍCULO 129 DE LA CUB.
i) PROVISIONES ADICIONALES PARA LOS BIENES ADJUDICADOS O RECIBIDOS EN DACIÓN EN PAGO CONFORME AL ARTÍCULO 132 DE LA CUB.
j) CASOS PRÁCTICOS CON LAS MODIFICACIONES INCORPORADAS.
INVERSIÓN: $13,950.00 +IVA
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